INVESTIDURA DE LOS CABALLEROS

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Si estás interesado en formar parte del Capítulo o ser investido Caballero debes saber que existen unos estatutos reglamentarios a este respecto y que te resumimos a continuación.

Nuestros estatutos íntegros puedes consultarlos en el área de Descargas dentro de la sección Información.

…DE LA INVESTIDURA DE LOS CABALLEROS…

  1. Los Caballeros del Capítulo Hispanoamericano del Corpus Christi en Toledo, podrán serlo en calidad de Natos o de Numerarios.
  2. No se admitirán a aquellas personas cuya actividad pública o privada no sea coherente con los postulados de la Fe y la Moral Cristianas, se encuentren incursos en censuras, o pertenezcan a sectas o asociaciones condenadas por la Iglesia.
  3. Poseerán la condición de miembros Natos, el Arzobispo de Toledo, los embajadores o Jefes de Misión Varones de países iberoamericanos y de Filipinas acreditados en España, el Presidente del Cabildo de la Catedral primada de Toledo y los primogénitos de Caballeros Armados que estén en posesión de sus derechos o que lo hubieran estado en el momento de su fallecimiento.
  4. Podrán ser Miembros Numerarios, los varones laicos con 16 años cumplidos el año anterior a la solicitud, los nacionales de países iberoamericanos o de Filipinas, los nacionales de otros países que hayan realizado actividades beneficiosas para cualquier país iberoamericano, para Filipinas, o España (esta circunstancia debe ser acreditada por los Caballeros Armados que los propongan).
  5. Con carácter excepcional, cualquier Caballero podrá proponer a una persona que sea sacerdote o religioso, siempre que el proponente justifique la razón de su propuesta, sea aceptado con el voto unánime de todos los miembros del Gobierno Capitular y cuente con la aceptación expresa del Maestre.
  6. Para que quienes posean la condición de Miembros Natos puedan ser armados Caballeros, será precisa su aceptación por escrito a la proposición que se les haga llegar por la Cancillería.
  7. No será necesaria la aceptación anterior cuando el caballero Nato sea el arzobispo de Toledo o el Presidente del Cabildo de la Catedral Primada.

Los Miembros Natos adquieren el grado de Caballeros Neófitos con solo aceptar su incorporación, suscribiendo, al efecto, la papeleta de inscripción que les será facilitada por la Cancillería, en la que va incluida una declaración de profesar la Fe Católica, Apostólica y Romana. Deberán en su caso, abonar la cuota de ingreso y adjuntar una partida de bautismo.

Para adquirir el grado de Caballeros Neófitos, los Miembros Numerarios, deberán ser propuestos por dos Caballeros, con al menos dos años de antigüedad en el Capítulo, ser aceptados por el Gobierno Capitular por unanimidad de todos sus miembros, satisfacer, en su caso, la cuota de ingreso, y adjuntar una partida de bautismo.

Para ser investidos, los Caballeros Neófitos deberán ser apadrinados conforme a lo dispuesto en los Estatutos.

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